Hoy el General Obvio va a lanzar un ataque, así que poneos a cubierto.
Me doy cuenta de que a fuerza de hablar de cosas un poco complicadas acabo por dejar en el tintero los fundamentos de lo que se supone que hacemos aquí, y al ir al buscado he comprobado que no hay aún ningún artículo dedicado a los créditos hipotecarios, una modalidad hipotecaria muy inetresante para las personas que hayan podido pensar en comprar una casa antigua y reformarla, algo cada vez más habitual pro todo tipo de razones.
Un crédito hipotecario es un contrato por el que una entidad financiera, ya sea Banco, Caja de Ahorros o cualquier chiringuito similar legalmente establecido, concede una cantidad de dinero como financiación de la compra, reforma o mejora de un bien inmueble, de modo que el que lo recibe puede ir disponiendo de ese dinero progresivamente y a medida que lo necesite, sin tener que pagar los intereses por todo el capital como sucedería en la hipoteca tradicional. En el caso del crédito hipotecario, la cantidad que deberá pagarse dividirá en dos concpetos: por saldo dispuesto, y por saldo no dispuesto.
El tipo de interés por el saldo dispuesto suele ser un poco superior al del hipotecario normal, llegando a Euribor más un punto o punto y pico. El interés por el saldo no dispuesto, que es el dinero que aún no hemos utilizado, puede ser cercano a cero y es importante negociar esta parte.
Al no ser fija la cantidad que se debe, no son fijas tampoco las cuotas. Lo que sí es como siempre, como de costumbre, es el procedimiento de embargo en caso de impago.
Este tipo de financiación es particularmente útil a la hora de reformar una vivienda, por ejemplo, puesto que los gastos se realizan en un periodo de tiempo que puede ser entre largo, o muy lago, dependiendo de los albañiles.
O eterno, incluso.
Pero no me tiréis de la lengua.