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A partir de noviembre, subastas para todos

Ahora se podrá hacer con un click en vez de con un martillazo.

Ahora se podrá hacer con un click en vez de con un martillazo.

La verdad es que es para celebrarlo, y no tanto el que haya montones de viviendas para subastar, que eso sería una canallada, sino el hecho de que se rompa al fin el manto de oscurantismo y silencio de subasteros, bancos, y otros ventajistas similares que hasta ahora venían aprovechándose de la dificultad para conocer los bienes que se subastaban.

Francisco Caamaño, ministro de Justicia,  presentó hace unos días el que será portal de de subastas judiciales en la Red, y en él saldrán a la venta los inmuebles embargados por los bancos. La idea es que las subastas sean más participativas y tengan mayor demanda, lo que puede llegar a aliviar la carga de los embargados en una media de un 25 %.

Porque ya sabéis cómo va esto: no pagas, así que te embargan. Luego subastan el piso, y como sacan una birria por él, porque se lo adjudican a un mangante o se lo adjudica el propio banco por el 50% del precio de salida, te quedas sin casa pero con una deuda de tres pares de narices.

De este modo, los bancos tendrán más oportunidades de librarse de los pisos, y todo el mundo, el que quiera, podrá buscar una vivienda que le interese, y creo que con la conciencia muy tranquila, porque si no aparece comprador será el banco o el subastero el que se quede el inmueble y muy a la baja.

La única pega es que de momento sólo se implementará este sistema en las comunidades donde el Ministerio de Justicia conserva competencias. O sea, en Murcia, Castilla y León, Casilla-La Mancha, Murcia, Baleares y Extremadura.

Ya está funcionando a prueba en Murcia.

Os dejo el enlace:

https://subastas.mjusticia.es/subastas/home.do

Suben el precio mínimo de salida en las subastas de pisos embargados

Te lo dejo en cuatro perras, que es de un embargo...

Te lo dejo en cuatro perras, que es de un embargo...

El viernes hablaba de los cambios legislativos en torno a las hipotecas y de cómo se había modificado la cantidad máxima embargable del salario de una persona para cubrir una deuda hipotecaria. Tenía la cuestión sus más y sus menos, como todo, y dejábamos pendiente para hoy el otro cambio normativo.

Porque es importante: han elevado del cincuenta al sesenta por ciento del valor de tasación la cantidad mínima a la que se puede adjudicar en subasta un piso embargado.

Hasta ahora, el procedimiento el el que sigue: después de no pagar una serie de cuotas, normalmente seis o más, el banco iniciaba un procedimiento de apremio, y tras no conseguir satisfacción económica del hipotecado, solicitaba el embargo del piso.

Una vez embargado el piso, y tras los trámites oportunos, se subastaba la vivienda, de modo que lo obtenido en esta subasta se destinaba a pagar la deuda. Lo que quedaba, si quedaba algo a mayores, era para el hipotecado, y si quedaba un saldo negativo, era y es lo que seguía debiendo el hipotecado después de perder la casa.

Lo vemos con un ejemplo: Tenías una hipoteca de trescientos mil euros. Debías doscientos mil en el momento de dejar de pagar. Te embargaban la vivienda. Como podía sacarla a subasta por la mitad de lo tasado, la sacaban a subasta a ciento cincuenta mil. La adjudicaban a ese precio, y seguías debiendo cincuenta mil.

En teoría, el sistema era bueno, porque la pública subasta permite que el precio del bien se eleve si vale la pena, peor todos sabemos lo que es la picaresca y el canallismo de las subastas, con lo que casi siempre se adjudicaban las viviendas en el valor mínimo o de salida, haciendo un gran daño al hipotecado.

Con el cambio actual, que pasa del 50% al 60 % , y en el mismo ejemplo, no podrían adjudicar esa vivienda en subasta en menos de ciento ochenta mil. Es un paso tímido y apocado (como casi todos los que dan últimamente) pero es un paso en la buena dirección.: en la de defender los intereses del ciudadano por encima de los del banco, y sobre todo, por encima de los del subastero. Porque era el colmo.