Ahora que estamos en plena vorágine de debate sobre la dación en pago, sus consecuencias y las ventajas o perjuicios que puede generar en el sistema hipotecario español, vale la pena ir un paso más allá y plantearnos la conveniencia o no de la retroactividad de esta medida.
Las principales asociaciones que están luchando en favor de la dación en pago apuestan porque sea una medida retroactiva, de manera que afecte no sólo a las hipotecas que todavía están vigentes, sino a aquellos casos de desahucios que ya se han producido en el pasado.
En este sentido cabe plantearse una cuestión primordial y es hasta que punto del tiempo se quiere retroceder y por qué. Habría que determinar un punto en el tiempo en el que ya no se podría ir más allá, pero ello generaría una situación de injusticia para las personas que perdieron su vivienda justo antes de ese plazo.
Por otro lado, nos encontramos con los principales partidos políticos de este país, PP y PSOE, que se oponen abiertamente a esta opción por considerar que rompería las reglas de juego y pondría en peligro el estado de saludo, ya muy deteriorado de por sí, de las entidades financieras.
Además, desde el seno de estos partidos, así como desde las fuentes financieras, se insiste en los peligros que la dación en pago generaría en el sistema hipotecario ya que podría suponer un incentivo a las familias hipotecadas para dejar de pagar su vivienda, ya que les compensaría hacerlo así a cambio de perder su vivienda.
Es evidente que la dación en pago para unos colectivos determinados parece ser un ejercicio de justicia social y que se debería de aplicar incluso de manera retroactiva, pero igualmente nos encontramos en el problema de fijar los límites a dicha medida, ya que hecha la ley hecha la trampa, y siempre puede haber corruptelas varias, y en este país ya estamos más que servidos al respecto.
En cualquier caso, y como nos suele ocurrir, lo más probable es que todo quede en nada y que la dación en pago siga siendo una figura jurídica que pulula por el ordenamiento jurídico español sin aplicación práctica real.