Todavía hay quien lo duda, peor yo lo tengo claro: hay normas que no se crean para mejorar nada, ni siquiera la seguridad, sino para estorbar al ciudadano y generar pretextos cuando la caja está vacía.
Una de las últimas normas del Banco de España indica que se debe aportar la cédula de habitabilidad o licencia de primera ocupación de una vivienda para que se pueda hipotecar una vivienda. En principio esto parece muy apropiado pues así se evita que la vivienda hipotecada incumpla algún tipo de normativa urbanística, esté en un terreno no edificable y pequeños cholletes por el estilo que luego crearían problemas al banco.
El problema, como siempre, está en que el mundo real no se la coge con papel de fumar con tanto ahínco y la cédula de habitabilidad sólo existe y se exige, en muchas localidades, para las viviendas de construcción reciente. Aquellos inmuebles con más de veinte o treinta años de antigüedad no cuenta con semejante documento ni pueden llegar a obtenerlo sin una serie de gastos, plazos, papeleos, mamoneos, firmas y jabones difíciles de creer para quien no se ha enfrentado a ellos.
Y si la hipoteca se intenta constituir en el medio rural, ya nos podemos morir de la risa, pues los ayuntamientos peque os, al no contar con técnicos propios, pueden tardar hasta más de un a o en realizar todo el papeleo necesario para decir que sí, que hace ochenta años que en esa casa viven dos familias.
Al final, nos sucede lo que tantas veces: que la normativa está pensada para el gran promotor que ha terminado un edifico de cincuenta viviendas y quiere venderlas. Ese lo tiene todo en regla y a él se le trata de favorecer. A él y a los bancos, para que deshagan de su stock. A los demás, entre tanto, para vender nuestro pisito, o aún peor, la casa de la abuela, nos piden cada día más papeles y más absurdos.
Y encima se creen defensores de lo correcto. Yo me parto