Ya sé que para muchos, casi todos nosotros, esta es una pregunta de ciencia ficción, o casi, pero también conviene saber qué hay que hacer cuando al fin la hipoteca se ha pagado. Vamos a ello.
En primer lugar, hay que saber que la hipoteca no se muere sola por mucho que esté pegada. Va a seguir figurando en el registro y se va a convertir en un problema el día que que se quiera vender la casa, o pedir un préstamos sobre ella, o dejarla en herencia. O sea, que si nuestra opciones no hacer nada y pasar de todo, está muy bien y estamos en nuestro derecho, pero no nos lamentemos luego si este trámite viene en un momento de apretón y nos dicen que vamos a perder una semana con él.
Si preferimos quitárnosla de encima, entonces le podemos decir al banco que la anule, pero aquí se da la curiosa circunstancia de que el banco tiene la obligación de hacerlo, pero no es gratis, así que nos puede pasar una curiosa factura de gestora por los trámites. En todo caso, para subempleados, aburridos, parados y caballeros andantes de la ventanilla, estos son los trámites que se necesitan, por si queremos hacerlo nosotros mismos:
Lo primero que hay que hacer es ir al banco y solicitar un certificado de saldo de deuda cero. Esto nos lo tienen que dar y nos lo tienen que dar gratis, así que empezamos bien.
Lo malo viene ahora, porque con ese certificado hay que ir a un notario (donde nada es gratis) y solicitar la escritura de cancelación, que tiene que venir, además, firmada pro el apoderado del banco, lo que nos hace preguntarnos para qué puñetas sirve el certificado. pero vale.
Cuando todo eso está acabado, hay que ir a rellenar el formulario del impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados en Hacienda. No hay que pagar nada, porque este supuesto está exento, pero el papelote hay que hacerlo igual.
Tras esto, vamos al notario, recogemos la escritura (previo paso por caja, desde luego) y nos vamos al registro con todo eso, para que nos desinscriban, anulen o fumiguen la hipoteca.
Y se supone que ya está, pero seguro que ahora comprendéis pro qué tanta gente prefiere olvidarse del asunto, y ay se verá el día que haga falta…
Hola,
Quiero aportar mi comentario sobre este articulo.
Esto es lo que me dijeron, en su día, sobre este tema:
Una vez cancelada, no hay que pedir ni pagar nada mas, excepto si se quiere vender el piso,
Hay que esperar 10 años para que caduque este certificado y posteriormente se podrá vender el piso.
¿Es cierto?. Conozco a mucha gente que no hace nada por dinero y por el dichoso papeleo.
Saludos
Pipo
Sí, es más o menos lo que se dice, peor no es sólo para el caso en que se quiera vender. Para una herencia sucede lo mismo…
Ésto es una de tantas cosas más que debes hacer si quieres vender el piso…. Cédula de habitabilidad vigente, certificado de eficiencia energética, Gastos de comunidad al día,….pagar la plusvalía municipal y la otra plusvalía si lo vendes por más de lo que lo compraste, sino reinviertes claro. Pero ojo con la reinversión, que lo que cobres de la venta lo has de dejar en un cajoncito sin tocarlo para nada, que sino viene el Inspector de Hacienda y te dice que a pasar por caja.
Hoy en día para casi cualquier cosa has de sacar la cartera. ¿No hay que pagar por renovarte el DNI y se supone que éste es un documento obligatorio?
En fin, la lista es tan larga.
Perdonad pero no lo he entendido.
Si no haces nada, ¿no puedes vender la casa, darla en herencia o rehipotecarla aunque es el único momento real en que es tuya al 100%?
Eso es. No puedes, porque está aún gravada por una hipoteca. O al menos no puedes hacerlo libre de cargas…