Nuevo revés judicial para el sistema financiero

Revés para los bancos

Revés para los bancos

Según van avanzando los meses y los ciudadanos empiezan a conocer sus derechos y sus posibilidades para acudir a los tribunales, las sentencias a favor de los hipotecados y en contra del sistema financiero se van acumulando en la hemeroteca de noticias reseñables, con lo que se demuestran los años de tiranía y abusos que hemos venido sufriendo en este país.

La última se ha producido en Navarra, donde la Audiencia Provincial de Pamplona ha dado la razón a un hipotecado que defendía que con la entrega de su vivienda la deuda que mantenía con el banco debería quedar saldada, ya que el precio que debería de tenerse en cuenta era el de tasación en el momento de concesión de la vivienda, y no el precio actual, depreciado por la crisis, como defendía la entidad bancaria.

Se trata, por tanto, de una dación en pago en toda regla, aunque con una doble connotación, ya que genera un peligroso precedente, al menos para las entidades financieras. Si la sentencia sienta jurisprudencia, no legal pero sí racional, de que el valor de la vivienda será siempre el de la tasación y no el actual en cada momento, las pérdidas de los bancos y cajas se van a disparar porque muchos serán los hipotecados que utilizarán esta sentencia en su beneficio.

Lo que es evidente es que las entidades financieras están abusando de la sociedad ya que, como bien dice la sentencia, fueron ellos mismos los que provocaron la crisis que ha generado la depreciación de los inmuebles, por lo que es inmoral que ahora utilicen esta reducción de precio en su beneficio, sin asumir parte de la pérdida.

Y es que el concepto de que “los bancos no se casan con nadie” y que “los bancos nunca pierden” parece haber llegado a su fin. Ya es hora de que los ciudadanos tomen cartas en el asunto y hagan valer sus derechos, al igual que tienen que cumplir con sus obligaciones.

Esta sentencia, al igual que todas las anteriores, muestra un camino a seguir por todos para salir de la crisis con una relación entre las entidades financieras y los ciudadanos de igual a igual.

6 pensamientos en “Nuevo revés judicial para el sistema financiero

  1. marta

    Según oí ayer en el telediario esta sentencia no crea jurisprudencia, la verdad es que no sé que condiciones se tienen que dar para ello.
    A mí no me parece mal la dación en pago, pero no con carácter retroactivo porque supondría un hundimiento del sistema financiero tal y como está ahora y eso no le interesa a nadie. Ya veremos a ver como se queda todo cuando los bancos valoren de verdad sus activos inmobiliarios.
    Si se establece la dación en pago como posible solución, se harán tasaciones bajísimas, los bancos no darán más de un 50% de dicha tasación y subirán los diferenciales pues el riesgo para ellos es mucho mayor. Es decir, se endurecerán todavía más las concesiones de créditos. El que quiera vender tendrá que bajar muchísimo más por el tema del crédito.
    Lo bueno es que se acabarán las tasaciones subrealistas, lo malo, muy poca gente podrá acceder a vivienda en propiedad, si ahora es difícil se volverá casi imposible.

    1. dabeman

      Totalmente de acuerdo con Marta. Y añadaría: más de un banco y muchas cajas quebrarían, y aunque exista el fondo de garantía, ¿de dónde creeis que salen el capital de ese fondo? Sí, de nuestros impuestos. Así que salvándolos pagamos y dejándolos quebrar pagamos.

    2. Edmart Rusan

      Tampoco soy experto en derecho para saber las condiciones para sentar jurisprudencia, y estoy de acuerdo contigo en que la dación en pago debería de aparecer, pero sin retroactividad.

      En cuanto a que no todo el mundo podría acceder a la vivienda en propiedad, habría que plantearse si todo el mundo debería de poder acceder a una vivienda en propiedad. En nuestra sociedad la gente se plantea la compra a los 25-30 años, al comienzo de sus vidas, mientras que en otras sociedades ese planteamiento no aparece hasta casi los cuarenta, cuando la vida laboral ya está asentada.

      1. peterlove

        Sobre el tema jurisprudencia, la define el artículo 1.6 del Código Civil (“La jurisprudencia complementará el ordenamiento jurídico con la doctrina que, de modo reiterado, establezca el Tribunal Supremo al interpretar y aplicar la Ley, la costumbre y los principios generales del derecho.”)

        Recordemos que el Tribunal Supremo es el órgano máximo del ordenamiento judicial, por eso se pone en esta definición (el Tribunal Constitucional es un órgano especial no integrado en el poder judicial). Luego también existe la jurisprudencia menor, que es lo mismo (doctrina reiterada) de los distintos juzgados y tribunales en sus respectivos ámbitos (por ejemplo, jurisprudencia del TSJ de Madrid en materia de pensiones).

        A mí la interpretación que hace de la ley me parece realmente justa. Recordemos que tanto la Ley Hipotecaria como el Código Civil son del Siglo XIX, momento realmente boyante en lo que a constitucionalismo se refiere (guasonería incluida). La Ley Hipotecaria se modificó en 1946, otro momento álgido de justicia social.

        No son leyes adaptadas a la realidad actual de las cosas, y su actual redacción deja bien claro que la vinculación entre políticos y entidades financieras va mucho más allá de lo que la salud financiera aconsejan.

        Personalmente, voy a transcribir las ventajas de la dación en pago, que ya se han propuesto por aquí (http://www.elmundo.es/elmundo/2011/01/26/suvivienda/1296062234.html), y que suscribo plenamente:

        1) La posibilidad de la dación en pago obligaría a los bancos a medir su estrategia crediticia, a las tasadoras a no inflar las valoraciones inmobiliarias y a los vendedores a rebajar los precios.

        2) Además, las entidades financieras dejarían de conceder créditos por el 100% de la tasación, tal y como siguen haciendo, y endurecerían las condiciones del préstamo. Además, para asegurarse el reembolso del crédito, reducirían los tiempos de amortización y las cantidades prestadas y, finalmente, a los propietarios a rebajar los precios.

        3) Otra de sus ventajas sería la revitalización del mercado del alquiler, una de las premisas del Gobierno. Ante la imposibilidad de acceder a una vivienda, muchos ciudadanos se verían obligados a alquilar y los propietarios con altas pretensiones optarían por sacar sus viviendas en alquiler.

        Del punto 2) se colide, además, que algunos bancos y cajas extranjeros podrían entrar en el mercado español ofreciendo mejores condiciones (por ejemplo, si la banca española sólo ofrece el 50% del valor de tasación o un diferencial enorme de 2 ó más puntos, alguno extranjero podría llegar al 80% del valor y/o diferenciales menores para hacer más atractiva su oferta… Todo esto, claro, dejando claro que si el banco cae nadie le va a ayudar). Sólo la entrada de bancos extranjeros es realmente un garante de que nuestro sistema financiero sea sólido.

        Para los que dicen que esta “doble garantía” es seña de nuestro fuerte sistema financiero, decir que las estrategias de MAFO, dirigente máximo del Banco de España, de meter la mierda debajo de la alfombra y a ver si escampa han fracasado absolutamente, y estamos asistiendo a políticas de nacionalización bancaria que vamos a pagar entre todos, y de la que sólo se van a beneficiar unos pocos.

      2. gollao

        yo tenia mi vida laboral asentada a los 21 años…. y no me compre el piso hasta los 27…. despues de aaños de fiestas y jolgorios…

        y me quedan 26 años de hipoteca…………¿sera eso que no tengo derecho a un vivienda?

    3. gollao

      ah, y volviendo al tema…… si pensais que los bancos van a permitir la dación en pago…….es que sois muy inocentes….

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