Como todo en la vida esta sentencia del Tribunal Supremo la podemos analizar desde la perspectiva del vaso medio lleno o del vaso medio vacío, a gusto del consumidor, ya que aunque se trata de una gran noticia para los hipotecados españoles, lo cierto es que es una sentencia algo ambigua y que puede llevar a diferentes interpretaciones.
Pero vayamos por partes. Está claro que se trata de una sentencia que beneficia a las familias titulares de una hipoteca en España y que se encuadra dentro del marco fijado por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, cuyo fallo de esta misma semana ya empieza a tener claras consecuencias en nuestro ordenamiento jurídico práctico.
En este sentido, y aunque no de manera retroactiva, es decir, que el Tribunal Supremo ya ha dejado claro que no se van a devolver las cantidades satisfechas por exceso por parte de los hipotecados, esta sentencia anularía la cláusula suelo de los contratos hipotecarios, de manera que aquellas familias que ahora estén pagando un tipo de interés del 3%, en media, pasarán a pagar un tipo en torno al 1,5%-2%, lo que significa un ahorro importante en las cuotas hipotecarias mensuales.
Sin embargo, esta nulidad de la cláusula suelo no se aplicaría a todos los contratos hipotecarios, sino sólo a aquellos que no aplicaron la transparencia debida en el redactado de su articulado en el momento de la firma de la hipoteca. Es decir, que pueden existir mil triquiñuelas para que la entidad financiera pueda justificar que esa transparencia existía.
Una vez más, la banca gana en el fondo, ya que mediáticamente sale perjudicada, porque el titular es el que es, pero en realidad se verá muy poco afectada por esta situación.
Por otro lado, lo que no tiene en cuenta el Tribunal Supremo es que la existencia de la cláusula suelo por sí misma no debería de suponer una cláusula abusiva, ya que es perfectamente entendible y aceptable. Lo que raya la usura es la comparación con la cláusula techo en el mismo contrato hipotecario. Por ello, todas las hipotecas en las que la diferencia entre la cláusula suelo y la cláusula techo sea excesiva deberían de ser anuladas de inmediato. Eso sí sería legislar con justicia social.
“todas las hipotecas en las que la diferencia entre la cláusula suelo y la cláusula techo sea excesiva deberían de ser anuladas de inmediato.”
Pero todas es todas, ¿eh?
No sólo las que quiera el hipotecado y cuando le convenga…
🙂
Un contrato nulo puede ser disuelto por cualquiera de las partes, ¿no?
Ahí le has dado, si ahora anulan suelos y techos, veremos como en unos añitos, se queja más de uno de los que pidió que le quitasen el suelo.
cuantos puntos de diferencia entre suelo y techo hacen falta para que se considere abusiva. mi madre tiene 2.25 y 15, ¿que opinais?
HAN COGIDO EN DACION EN PAGO A LA MUJER DE BARCENAS UN CHALET Y MIENTRAS TANTO A LA POBRE GENTE LA DEJAN QUE LLEGUE HASTA EL SUICIDIO QUE PAIS DE MIERDA LO HE LEIDO EN INTERVIU A UN CHORIZO Y A SU MUJER GASTANDO TARJETAS DE 250000 EUROS PARA IR A ESQUIAR Y LLENO DE CUENTAS EN SUIZAY A LA POBRE GENTE QUE SE HA QUEDADO PARADA
NINGUNA AYUDA VER SI HACEMOS ALGO ME AVERGUENZO DE ESTE PAIS AH ULTIMA NOTICIAS LA INFANTA ELENA IMPUTADA ALA SEGURO QUE TAMBIEN LE DAN LA DACION EN PAGO COMO A LA MUJER DE BARCENAS