Cuando se acaba la sequía y la langosta, inventan plagas nuevas.
Sí, amigos, se ha confirmado: parió la abuela.
Dicen en mi tierra que lo único que les viene a los pobres de cara es el viento y el agua cuando van en bicicleta, y una vez más se ha confirmado la desconfianza, o la sabiduría popular, que vienen a ser sinónimos a fuerza de experiencia.
Durante todo el año pasado, cuando más altos estaban los tipos de interés y la gente se aterrorizaba pensando en las consecuencias de que pudiese seguir subiendo el Euribor, los bancos se lanzaron a la venta desenfrenada de un producto financiero complejo y pensado para mercados fluctuantes a corto y medio plazo: el SWAP. No siempre se llamaba así: otras veces le llamaron IRS, “bono clip“, “clip“, permuta financiera, contrato cobertura hipoteca, cuota segura o cobertura de tipos. Muchos nombres para el mismo perro.
Era tan importante para ellos, que muchas entidades convirtieron en obligatoria su comercialización para los empleados y llegaban a sancionar con retiradas de pluses de productividad a los que no vendían un número mínimo de SWAP al mes.
No os voy a cansar ahora poniendo enlaces a foros y noticias de periódicos nacionales recomendado este producto por sus bondades, porque son docenas. Lo que sí voy a intentar es explicaros por qué ha resultado un fiasco desastroso para miles de familias y tratar de poneros alerta sobre lo que puede pasar si alguno lo habéis contratado durante 2008 y no ha llegado el momento de su vencimiento.
Vamos a lo práctico, si os parece:
En primer lugar, el SWAP no se firma necesariamente en el momento de formalizar la hipoteca, sino que se puede firmar en cualquier instante posterior, así que si habéis ido al banco porque os han propuesto un sistema para cubriros de las subidas de tipo, id echando humo a buscar lo que habéis firmado.
Lo que hay que saber del SWAP es que es una especie de póliza de seguro contra las fluctuaciones, ya sean monetarias, de valor o de tipo de interés, y que se utiliza para estabilizar las transacciones en mercados volátiles, como los de las materias primas agrarias o el mercado de divisas.
El SWAP, por tanto, no está pensado para el mercado hipotecario, y su utilización es un claro ejemplo de mala fe por parte de los bancos, lo que unido a su enorme complejidad puede dar lugar a una reclamación por información insuficiente al usuario sobre su mecánica.
En el caso de las hipotecas, que es lo que nos interesa, el SWAP se vendió como una póliza de garantía de que aunque subiese el Euribor el cliente no sólo pagaría el mismo interés sino que además sería el banco el que abonase la diferencia, convirtiendo una hipoteca variable en una de tipo fijo, en la práctica, y con un descuento.
Un ejemplo: tenías la hipoteca a Euribor + 0,50 y cuando el Euribor llegó al 3,75 % y estabas ahogado, el banco te propuso un SWAP. A partir de ese momento, sólo pagabas el 4,25 % como máximo, subiese a donde subiese el tipo de interés, y además, el banco te abonaba en efectivo la parte de interés que no habías llegado a pagar. Sí, habéis leído bien: Si tenías un SWAP por 10 años al 4,25 y el interés llegaba, por ejemplo, al 6%, el banco te pagaba la diferencia entre el 4,25 y el 6, durante esos diez años. No sólo no pagabas, sino que cobrabas la diferencia.
La jugada, por supuesto, está en que los bancos sabían que iba a pasar lo contrario, porque nadie mejor que ellos conocía el cáncer del sistema financiero. Y lo contrario es lo siguiente: si firmaste un SWAP al 4,25 y los tipos bajan, como han bajado, no sólo sigues pagando el 4,25 y no te afectará de ninguna manera la bajada del Euribor, sino que debes pagar al banco la diferencia entre el actual Euribor y el contrato SWAP en concepto de coberturas. O sea, que pagas la cuota de la hipoteca y la diferencia entre el tipo de interés actual y el que firmaste. No sólo no te reducen la cuota, sino que pagas a mayores el contrato SWAP.
El quebranto es enorme, y no te libras de él ni siquiera vendiendo el piso, porque en caso de liquidación de la hipoteca hay que seguir pagando esa cuota, que puede ser un dos un tres por ciento sobre el total de la hipoteca, por todos los años que se haya firmado el contrato.
Si alguno está en este caso, le recomiendo muy encarecidamente que plante cara al asunto de todos los modos posibles, desde la reclamación al propio banco, a la Comisión Nacional del Mercado de Valores y hasta los tribunales de justicia, alegando que el producto conlleva una extremada complejidad y que nunca se aclararon las cláusulas de manera suficiente.
Los bancos lo vendían como una estabilización de tipos o un escudo contra la subida del Euribor cuando en realidad era un warrant call sobre los tipos. ¿Y qué es un Warrant call? Eso para otro día, si os parece. Por hoy ya he invocado bastantes monstruos.
O que algún alma caritativa (y lúcida, que con caritativa no basta) lo explique en los comentarios. Se lo agradeceríamos todos de veras.