Son las zonas, dentro de un bloque de viviendas, que pertenecen a todos los integrantes de la Comunidad de Propietarios de forma proporcional (los jardines, las escaleras, los ascensores, patios, portal, …). Esta parte proporcional se suma a la superficie útil de la vivienda para calcular la superficie construida.
Estimados señores:
De acuerdo con la definición de “zonas comunes”, ¿se considera así la puerta de acceso a cada piso?
¿Es necesario la autorización de la comunidad de vecinos para poder cambiar dicha puerta por, por ejemplo, una de seguridad?
Agradecido de antemano.
Es legal comprar una parte de la zona comun de la comunidad, que no se utiliza pero que a mi se me seria util.
gracias
En casa de mis padres tienen una terraza que es el primer piso, pero quieren poner un ascensor. Pueden utilizar este espacio para hacerlo.
Gracias