Todos nos hemos llenado de júbilo al comprobar que la Iniciativa Legislativa Popular sobre la dación en pago será debatida en el Parlamento, después de 4 años de lucha, abriéndose una pequeña luz en el futuro más inmediato de la sociedad española, sobre todo, de la más desfavorecida que puede ahora plantearse un futuro más halagüeño.
Sin embargo, no podemos confiar todo en la dación en pago, y más si con ello nos estamos perjudicando a nosotros mismos. Hay que estar muy seguros de mantener esta figura jurídica para los hipotecados con verdaderos problemas económicos como consecuencia de la crisis y no generalizarla para todas las hipotecas.
Una dación en pago generalizada provocaría un incremento inmediato de los diferenciales aplicados por las entidades financiera, sí, más todavía, ya que tendrían que repercutir en el cliente la mayor asunción de riesgo que les supone la aceptación de la dación en pago.
No podemos olvidar que durante los años de burbuja inmobiliaria todos nos beneficiamos de tipos de interés ínfimos, sobre todo en comparación con los del resto del mundo, a la hora de hipotecarnos, por la sencilla razón de que la entidad financiera no corría riesgos ante una eventual devaluación del precio de la vivienda.
Si acepta la dación en pago, el riesgo pasaría a ser de la entidad financiera, ya que el cliente se podría deshacer de la deuda entregando la vivienda en un contexto, por ejemplo, de precios a la baja. Ello haría que todas las hipotecas se encarecieran, y puede que no fuera tan buena noticia.
Una dación en pago limitada, para familias con graves problemas económicos y siempre para la primera vivienda de la unidad familiar podría ser una solución intermedia, que evitaría el gran número de desahucios que seguimos sufriendo en nuestra sociedad y a la vez no encarecería demasiado las hipotecas.
Lo que sí debemos de tener en cuenta es que cualquier logro tiene unas consecuencias inmediatas en las relaciones financieras con las entidades, por lo que debemos de saber muy bien lo que pedimos antes de llenarnos la boca con nuestras peticiones. ¿Queremos dación en pago o tipos de interés bajos?
A tu pregunta final yo contesto Dación en Pago y asumo la consecuente subida de tipos de interes. Así desincentivamos la compra de vivienda con cantidades de efectivo pequeñas ya que subiría mucho los intereses, nos obligaría a ahorrar una cantidad importante mientras vivimos de alquiler, con lo que finalmente compramos mas responsablemente y además con la tranquilidad de no poder caer en la situación de deuda de por vida que vemos actualmente en los desahuciados. En definitiva evolucionamos hacia un modelo mas propio del norte de Europa.
Alguien me dirá que si ahorramos no ayudamos a la economía, pero es que el ahorro debería de venir principalmente de la bajada del precio del alquiler y de la vivienda ya que una de las desgracias actuales es que hemos metido demasiada renta en este negocio especulativo que debería estar mejor en la economía productiva.
Lo del ahorro con el alquiler empieza a tener sentido ahora, que esta bajando el precio del mismo; porque hasta hace muy poco una cuota de alquiler y una de hipoteca diferian muy poco (en cuanto a importe, claro)
dacion en pago.
Los irresponsables hacen que todo sea más caro para los responsables.
As usual…
🙂
Ahí está.
La frasecita “la dación en pago para las familias con problemas económicos” es tan incendiaria e hipócrita que da nauseas. Es una vulgar y simple moralización de la capacidad económica. Como aquello de los pobres, por ser pobrse son buenas personas y los ricos por ser ricos han de ser mala personas a la fuerza. ¡Cuánto daño ha hecho Disney! – Familias con problemas económicos las hay por muchos motivos, obviarlos y hacer pagar a la sociedad el coste asociado es cortarle la mano a quien te da de comer.
Totalmente de acuerdo. Ahora mismo están acudiendo a pedir la dación en pago muchas personas que habían pedido el 100% de hipoteca o la habían ampliado para comprarse el coche, y ahora ven que vale menos la casa que la deuda. O parejas que se divorcian, hace unos años en ese caso vendían el piso, cancelaban la hipoteca, y la ganancia iba a sus bolsillos, ahora cuando alguien se divorcia y hay hipoteca, si en vez de ganancia por la inversión lo que hay es un marrón, pues que se lo coma el banco. Los bufetes de abogados especialistas en divorcios ya son también especialistas en presentar daciones en pago, si el que no corre vuela….
Me gusta que se critique con tanto descaro y sin tener ni idea de lo que se habla, y ahora me explico.
1. “La Ley del Mercado Hipotecario, de 25 de marzo de 1981, y el Reglamento que la desarrolla, de 17 de marzo de 1982, establece que el importe del préstamo con garantía hipotecaria no puede superar el 80% del valor de tasación.” Extracto de la web del Banco Santander.
2. En España hay aproximadamente un 46% de personas que tienen un nivel de estudio entre 0 y 2, es decir como mucho primaria (datos extraídos del INE).
Y entonces, ¿como es que se otorgaron hipotecas por el 100% o más de la vivienda?, pues miren la coyuntura económica mundial, la mala gestión del suelo y una desastrosa aplicación del libre-mercado han resultado en un bucle de deuda al que en lugar de control se le aplicaba la receta de la huida hacia adelante.
Es decir, si podemos atrasar las deudas y los pagos y aumentar a corto plazo los los ingresos aunque sea de forma ficticia pues adelante, vendemos hipotecas, las empaquetamos como activos a largo plazo y se las endosamos a los inversores. Negocio redondo, por un lado no realizas el control que deberías sobre los posibles impagos y por el otro le colocas el marrón a otro.
La dacion en pago, no es algo nuevo en el mundo, ya funciona de hace tiempo en otros países, precisamente por esto para que los bancos no arriesguen capital que no tienen.
Si tu como prestamista realizas una tasación de un bien y determinas que es suficiente aval para realizar la operación, ¿porque cuando se produce el impago no se salda la deuda con ese bien?.
Para situaciones concretas, medidas concretas….además, no debemos olvidar que la Dación en Pago, más o menos, se encuentra prevista en el artículo 140 de la Ley Hipotecaria
(Artículo 140. No obstante lo dispuesto en el artículo 105, podrá válidamente pactarse en la escritura de constitución de la hipoteca voluntaria que la obligación garantizada se haga solamente efectiva sobre los bienes hipotecados. En este caso, la responsabilidad del deudor y la acción del acreedor, por virtud del préstamo hipotecario, quedarán limitadas al importe de los bienes hipotecados, y no alcanzarán a los demás bienes del patrimonio del deudor. Cuando la hipoteca así constituida afectase a dos o más fincas y el valor de alguna de ellas no cubriese la parte de crédito de que responda, podrá el acreedor repetir por la diferencia exclusivamente contra las demás fincas hipotecadas, en la forma y con las limitaciones establecidas en el artículo 121.)
No podemos ni debemos caer en el populismo barato y fácil al que nos tienen acostumbrados los políticos de nuestro país….
Cierto, la dación en pago está prevista SI LAS DOS PARTES CUANDO FIRMARON ESTABAN DISPUESTOS A ACEPTARLA – lo que no se puede hacer es pedir que te cambien las reglas sobre algo que dos partes firmaron libremente.
Para nada,
lo que más me molesta es que ustedes sitúan a las dos partes en igualdad de condiciones cuando en la mayoría de los casos no fue así.
La mayor parte de la sociedad no sabe de leyes y por tanto se sitúa en una posición de inferioridad con respecto al prestatario. Las entidades financieras disponen de departamentos jurídicos que se encargan de modelar a su favor los contratos. El cliente esta vendido si no es experto en textos legales y mucho más cuando no hay ningún órgano regulador que controle este tipo de actuaciones.
Mal va la sociedad cuando lo único que nos importa es que no se vea afectado el porcentaje de beneficios y para ello sembramos el camino de cadáveres.
Acabo de encontrar esta web, buscando la calculadora, pero me he parado a leer algunos artículos y no puedo estar más de acuerdo con los que he leído hasta ahora. En este caso, cuidado con lo que deseamos, no vaya a ser que lo consigamos. Una dación en pago al alcance de cualquiera disparará los diferenciales de las hipotecas, pagando justos por pecadores como siempre. Las condiciones para acceder a una hipoteca harán que el privilegio de la casa propia sea para una minoría, que eso tampoco es malo, vivir de alquiler no es ninguna deshonra, pero sí será más caro cuando la falta de hipotecas masifique el alquiler y suban los precios. Genial para los que han podido comprarse varios pisos, o puedan hacerlo todavía, invertir en ladrillo para alquilar también es muy español. La culpa, como siempre, la seguirán teniendo los bancos y los políticos.
En que quedamos, ¿la dación en pago no era para todos y solo la tenias que pedir en el contrato?.
Vamos a ver, que es un sistema que se ha de regular. Si no se regula la economía de mercado el problema es lo que vemos, que las partes dominantes ejercen su dominio y se dan situaciones como la que vivimos.
O es que prefieres que los intereses sigan a este nivel y que por contra te aumenten los años, ¿quieres llegar a casos extremos como en algún país que se heredan las hipotecas?
Tu sistema de mientras yo viva bien que no se toque no lo veo muy lógico.
Puff, cansado de escuchar estos argumentos.
“Una dación en pago generalizada provocaría un incremento inmediato de los diferenciales aplicados por las entidades financiera, sí, más todavía, ya que tendrían que repercutir en el cliente la mayor asunción de riesgo que les supone la aceptación de la dación en pago.”
Claro, y seguramente se subirán pues no es normal que los intereses estén tan bajos, y porque ante una medida de este calibre la primera reacción de los grupos es demostrar fortaleza.
La dación en pago responde a la máxima de que los prestadores han de ser conscientes y eficientes en la evaluación de riesgos. Si realizan adecuadamente su labor, es decir evaluar tanto los bienes como a los prestatarios no ha de suponer mucho mayor riesgo y esto se vería reflejado a medio plazo en los productos.
“No podemos olvidar que durante los años de burbuja inmobiliaria todos nos beneficiamos de tipos de interés ínfimos, sobre todo en comparación con los del resto del mundo, a la hora de hipotecarnos, por la sencilla razón de que la entidad financiera no corría riesgos ante una eventual devaluación del precio de la vivienda.”
Pues si, todos nos beneficiamos en aquel momento de un engaño, pero resulta que solo algunos están pagando por ello. Si la situación hubiera estado regulada, ni hubiera habido burbuja, ni nos estaríamos despeñando social y económicamente.
Parece que no nos queremos dar cuenta de que no hay soluciones a corto plazo, y se han de buscar a medio y largo.
Desde mi punto de vista la dación permitiría aliviar un poco la tensión en el mercado interno recuperando confianza en los consumidores. Es cierto que a corto plazo las hipotecas se encarecerían y quizás seria la puntilla al mercado inmobiliario de este país, pero también es cierto que este sector se ha de transformar y el hecho de que se mantengan los diferenciales bajos no supone ningún beneficio.
Buenos días! mi pregunta es si tengo ganancia o pérdida patrimonial?, cuanto nos saldría a pagar a cada uno de los 5 titulares a Hacienda? y si nos podrían mostrar el cálculo hecho para aprender, a continuación les detallo la información: La vivienda fue comprada en el año 2005, era una vivienda de protección oficial y se liberaba en el año 2016. Escritura de compra 88.000 Euros. Escritura de Préstamo Hipotecario 226.000 Euros.Gastos de impuestos y otros por la compra 14.000 Euros.Tasación para conceder Dación en Pago con extinción total de la deuda 143.000 Euros. Deuda total a la firma de la dación en pago con extinción total de Deuda 247.000 euros (intereses de demora+cuotas impagadas). La Dación fue firmada en Agosto del 2013. no se hizo por el código de buenas prácticas. Somos 5 titulares. Muchas gracias!